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Sistema público de pensiones 2026: cómo funciona y qué cambia

Publicado 30. abril 2026

Sistema público de pensiones 2026: cómo funciona y qué cambia

El sistema público de pensiones español es un sistema de reparto: las cotizaciones de los trabajadores y empresas de hoy financian las pensiones que cobran los jubilados de hoy. No hay una hucha personal con tu nombre; lo que pagas cada mes a la Seguridad Social va directamente a las nóminas de quienes ya están retirados. A cambio, cuando te jubiles, las personas que entonces estén trabajando pagarán la tuya. En 2026 entran en vigor cambios importantes derivados de la reforma de 2023: nuevo sistema dual de cálculo, subida del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) al 0,9% y revalorización de las pensiones del 2,7%. En esta guía te explicamos, paso a paso, cómo funciona el sistema, cuánto se cobra, cuándo te puedes jubilar y qué novedades trae el año.

Cómo funciona el sistema de reparto

España tiene un sistema público de pensiones contributivo y de reparto. Esto significa dos cosas. Primero, que el derecho a pensión depende de haber cotizado a la Seguridad Social: cuanto más tiempo y por bases más altas se haya cotizado, mayor será la pensión. Segundo, que las cotizaciones que se ingresan cada mes en el sistema no se ahorran ni se invierten, sino que se utilizan para pagar las prestaciones de quienes ya son pensionistas.

Existen tres pilares de previsión social en España:

  • Primer pilar: el sistema público obligatorio gestionado por la Seguridad Social. Es el más importante y cubre jubilación, viudedad, incapacidad permanente, orfandad y favor de familiares.
  • Segundo pilar: los planes de pensiones de empleo, promovidos por las empresas o por la Administración para sus empleados. La Ley 12/2022 los ha relanzado con incentivos fiscales.
  • Tercer pilar: los planes de pensiones individuales que cada persona contrata por su cuenta con un banco o aseguradora.

Para sostener el reparto, todos los trabajadores cotizan sobre la base de cotización, que es básicamente el salario bruto con algunos ajustes. Una parte la paga la empresa (alrededor del 23,6% por contingencias comunes) y otra el trabajador (4,7%), más conceptos como desempleo, formación profesional, MEI y, desde 2025, la cuota de solidaridad sobre salarios altos.

Edad de jubilación y años cotizados en 2026

La edad ordinaria de jubilación en España no es única: depende de los años que se hayan cotizado. La reforma de 2011 estableció una transición gradual desde los 65 a los 67 años, que culmina en 2027.

En 2026 los dos umbrales de edad son los siguientes:

  • Jubilación a los 65 años: es posible si se acreditan al menos 38 años y 3 meses de cotización efectiva.
  • Jubilación a los 66 años y 10 meses: es la edad general para quienes no llegan a esos 38 años y 3 meses cotizados.

Para cobrar el 100% de la base reguladora hace falta haber cotizado 36 años y 6 meses en 2026. Con menos años cotizados se aplica un porcentaje reducido. Para acceder a una pensión contributiva de jubilación se necesita un periodo mínimo de cotización de 15 años, de los cuales al menos 2 deben encontrarse en los últimos 15 años anteriores al hecho causante.

En 2027 la edad ordinaria llegará definitivamente a los 67 años (o 65 con 38 años y 6 meses cotizados) y se cerrará así el calendario de subida progresiva iniciado en 2013.

Cómo se calcula la pensión: la base reguladora

La cuantía de la pensión se obtiene aplicando un porcentaje a la base reguladora. La base reguladora es, simplificando, la media de las bases de cotización de los últimos años de vida laboral, actualizadas con el IPC (excepto las de los 24 meses inmediatamente anteriores).

Una de las grandes novedades de 2026 es que entra en vigor el sistema dual de cálculo aprobado por la reforma de pensiones de 2023. A partir de ahora el futuro pensionista puede elegir, en su solicitud, la fórmula que más le convenga:

  1. Opción tradicional (25 años): se toman las bases de cotización de los últimos 300 meses (25 años) y se dividen entre 350.
  2. Opción nueva (29 años con descarte): se toman las bases de los últimos 348 meses (29 años) y se descartan los 24 meses peores. Es decir, se calcula con 27 años efectivos dentro de un periodo de cómputo de 29.

La opción de los 29 años es especialmente útil para personas con carreras irregulares (autónomos, parados de larga duración, contratos a tiempo parcial) o que tuvieron periodos malos al final de su vida laboral. La transición es progresiva: el periodo de cómputo aumenta a razón de 4 meses por año hasta 2037, cuando se aplicará definitivamente la fórmula de 27 años dentro de los últimos 29 cotizados.

Una vez calculada la base reguladora, se aplica el porcentaje según los años cotizados:

  • Con 15 años: 50% de la base reguladora.
  • Por cada mes adicional cotizado: porcentajes crecientes.
  • Con 36 años y 6 meses cotizados (en 2026): 100% de la base reguladora.

Pensión mínima y máxima en 2026

El Real Decreto 39/2026 fija los importes mínimos y máximos del año. Las pensiones se abonan en 14 pagas anuales (12 mensualidades más dos extras en junio y noviembre).

Pensión máxima de jubilación:

  • 3.359,60 € al mes, equivalente a 47.034,40 € anuales en 14 pagas.
  • La pensión máxima se ha revalorizado con el IPC más un 0,115% adicional, según prevé la reforma para acercar el tope máximo a la realidad salarial.

Pensiones mínimas contributivas de jubilación con 65 años o más:

  • Con cónyuge a cargo: 1.256,60 €/mes (17.592,40 € al año).
  • Sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 936,20 €/mes (13.106,80 € al año).
  • Con cónyuge no a cargo: 888,70 €/mes (12.441,80 € al año).

Pensiones no contributivas de jubilación e invalidez:

  • 628,80 €/mes (8.803,20 € al año en 14 pagas).
  • Están dirigidas a personas mayores de 65 años o con discapacidad sin cotización suficiente y con rentas inferiores a un determinado límite.

La revalorización general de las pensiones contributivas en 2026 es del 2,7%, un porcentaje que coincide con la inflación media de 2025 y que está blindado por la reforma de 2021. Es decir, las pensiones suben automáticamente con el IPC para mantener su poder adquisitivo, sin importar cómo evolucione la economía.

Jubilación anticipada: voluntaria y forzosa

Es posible jubilarse antes de la edad ordinaria, pero a costa de aplicar coeficientes reductores permanentes sobre la pensión.

Jubilación anticipada voluntaria

Permite adelantar la jubilación hasta 2 años respecto a la edad ordinaria. Requiere un mínimo de 35 años cotizados. Los coeficientes reductores se aplican mes a mes y dependen de la carrera de cotización: oscilan entre el 2,81% y el 21%. Cuanto más tiempo se adelante la jubilación y menos años se haya cotizado, mayor es el recorte.

Jubilación anticipada forzosa

Se aplica cuando el trabajador es despedido por causas no imputables a él (despidos colectivos, objetivos, fuerza mayor, violencia de género, etc.). Permite adelantar hasta 4 años la jubilación, con 33 años cotizados como mínimo. Los coeficientes son menos severos: rondan entre el 12% y el 15%.

Existen además modalidades específicas como la jubilación parcial (compatible con un contrato de relevo), la jubilación activa (cobrar pensión y trabajar a la vez) y la demorada, que premia con un cheque o porcentaje extra a quien retrasa su retiro más allá de la edad ordinaria.

Pensión de viudedad y otras prestaciones

El sistema cubre también situaciones distintas a la jubilación. La pensión de viudedad protege al cónyuge o pareja de hecho del fallecido y se calcula aplicando un porcentaje a la base reguladora del causante:

  • 52% con carácter general.
  • 60% para personas mayores de 65 años sin otros ingresos relevantes.
  • 70% cuando hay cargas familiares y la pensión es la principal fuente de ingresos.

Para acceder a ella, si el fallecido estaba en alta, hace falta una cotización mínima de 500 días en los 5 años previos al fallecimiento. Existen además las pensiones de orfandad, de favor de familiares y la prestación por incapacidad permanente, en sus grados parcial, total, absoluta y gran invalidez.

Otra prestación importante es el complemento por brecha de género, que sustituyó al antiguo complemento por maternidad. En 2026 supone 36,90 € al mes por cada hijo o hija, con un máximo de cuatro (147,60 € mensuales). Lo cobran las madres con pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, y también los padres en determinados supuestos. Se concede automáticamente al solicitar la pensión.

Reforma 2023-2026 y el MEI

La reforma de pensiones de 2023, impulsada por el ministro José Luis Escrivá, introdujo varias medidas para garantizar la sostenibilidad del sistema ante la jubilación de la generación del baby boom:

  • Indexación al IPC: las pensiones suben cada año con la inflación media del año anterior. En 2026 ese incremento es del 2,7%.
  • Sistema dual de cálculo: el ya mencionado periodo de cómputo de 25 o 29 años, a elegir.
  • Cuota de solidaridad: a partir de 2025 las bases de cotización por encima del tope máximo cotizan a un tipo adicional, que crecerá hasta 2045.
  • Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): una cotización extra finalista que va al Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

El MEI es probablemente el cambio más visible en la nómina de los trabajadores. En 2026 sube al 0,9% de la base de cotización, repartido así: el 0,75% lo paga la empresa y el 0,15% el trabajador. El porcentaje aumenta 0,1 puntos cada año hasta llegar al 1,2% en 2029, donde se mantendrá hasta 2050. Un trabajador con un salario bruto de 2.000 € al mes paga unos 3 € de MEI, mientras que la empresa aporta unos 15 €. Para una persona con sueldo de 3.000 €, la aportación personal mensual ronda los 4,5 €.

Junto al MEI, la Ley 12/2022 ha relanzado los planes de pensiones de empleo (segundo pilar) con incentivos fiscales:

  • Las aportaciones a planes individuales pueden reducir la base imponible del IRPF hasta 1.500 € al año.
  • Las aportaciones a planes de empleo pueden hacerlo hasta 8.500 € adicionales (10.000 € totales sumando ambos).
  • Los autónomos con planes de pensiones de empleo simplificados pueden deducir hasta 5.750 €.
  • Las empresas se benefician de una deducción del 10% en el Impuesto sobre Sociedades por contribuciones a empleados con salarios brutos inferiores a 27.000 €.

El objetivo es que el ahorro complementario para la jubilación pase del cauce individual (que ha tenido escasa demanda) al cauce empresarial colectivo, más eficiente y con comisiones más bajas.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo me puedo jubilar en 2026?

A los 65 años si has cotizado al menos 38 años y 3 meses, o a los 66 años y 10 meses si tienes menos. Para acceder a cualquier pensión contributiva necesitas un mínimo de 15 años cotizados, con 2 de ellos en los últimos 15 años antes del retiro.

¿Cuánto cobraré de pensión?

Depende de tu base reguladora y de los años cotizados. Con 36 años y 6 meses cotizados cobras el 100% de la base reguladora. La pensión máxima en 2026 es de 3.359,60 €/mes y la mínima contributiva ronda los 888-1.256 €/mes según situación familiar. Puedes simular tu pensión con la calculadora oficial del Portal de la Seguridad Social usando tu vida laboral.

¿Qué es el MEI y cuánto me descuentan?

El Mecanismo de Equidad Intergeneracional es una cotización finalista para reforzar el Fondo de Reserva. En 2026 es del 0,9% de tu base de cotización, del que tú pagas el 0,15% y la empresa el 0,75%. Para un sueldo bruto de 2.000 €/mes son unos 3 € que aparecen como concepto separado en tu nómina.

¿Subirán las pensiones en 2026?

Sí. Las pensiones contributivas suben un 2,7% (IPC medio de 2025) y las mínimas y no contributivas pueden subir más por mandato de la reforma de 2023, que prevé acercarlas al 60% de la renta mediana. Las máximas suben el IPC más un 0,115% adicional.

¿Puedo jubilarme antes y cobrar el 100% igualmente?

No con la jubilación anticipada estándar. Solo evitan los coeficientes reductores quienes se acogen a coeficientes especiales por profesiones penosas o de alto riesgo (mineros, bomberos, policías, ferroviarios, etc.). En el resto de casos, adelantar la jubilación implica un recorte permanente que oscila entre el 2,81% y el 21%.

¿Qué diferencia hay entre pensión contributiva y no contributiva?

La contributiva exige haber cotizado un mínimo de años a la Seguridad Social y su importe depende de las cotizaciones. La no contributiva se concede a personas mayores de 65 años o con discapacidad sin recursos y sin cotización suficiente; en 2026 es de 628,80 €/mes en 14 pagas.

¿Es mejor elegir el cálculo de 25 o de 29 años en 2026?

Depende de tu vida laboral. Si tu carrera ha sido estable y los últimos 25 años son los mejores, conviene la opción tradicional. Si has tenido años malos al final (paro, tiempo parcial, autónomo con base mínima), suele ser más beneficiosa la opción de 29 años descartando los 24 meses peores. La Seguridad Social te calculará ambas opciones y aplicará la más favorable cuando solicites tu pensión.